Estado de la cuestión
La Ciudad Autónoma de MELILLA -al igual que Ceuta- carece de competencia autonómica en materia de Educación y depende directamente del Ministerio de Educación y Formación Profesional (MEFP), a través de la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial. La representación institucional del Ministerio en Ceuta y Melilla la ejercen sus respectivas Direcciones Provinciales. Una de las consecuencias de esta situación es que, a diferencia de numerosas Comunidades Autónomas, cuyas Administraciones Educativas han ido diseñando y aplicando su propia normativa en materia de igualdad, no hay un desarrollo normativo para el ámbito específico del contexto educativo melillense, más allá de las regulaciones estatales. Esto explica, por ejemplo, la ambigüedad que suscita la figura de la persona RESPONSABLE DE IGUALDAD en los Consejos Escolares o la paradoja de que los planes de igualdad, para Ceuta y Melilla, no sean prescriptivos, sino simplemente declarativos. Durante los últimos años, la entonces Dirección Provincial del MECD en Melilla ha llevado a cabo pequeñas actuaciones -cursos de formación y grupos de trabajo, la colaboración con el programa Plurales del Instituto de la Mujer, campañas de sensibilización contra la violencia de género-, pero no ha acometido instrucciones fundamentales como la incorporación y el cumplimiento del Principio de Igualdad en los Proyectos Educativos de los centros, la aplicación del lenguaje no sexista en los documentos oficiales o el estricto establecimiento de protocolos contra el acoso, la violencia y la discriminación. Teniendo en cuenta que, según el último análisis del Instituto Nacional de Estadística, Melilla no solo supera la media nacional (1,4) de mujeres adolescentes y mujeres adultas jóvenes que sufren acoso y violencia, sino que ocupa el primer lugar con la tasa más elevada (2,3), los informes sobre discriminación por motivos de género y sexo entre las personas menores de edad y dadas las características multiculturales y fronterizas de la ciudad, la nueva DIRECCIÓN PROVINCIAL DE EDUCACIÓN Y FP DE MELILLA ha decidido ejecutar a partir de 2018 algunas medidas fundamentales para evitar las desigualdades, prevenir las violencias y erradicar los sexismos todavía adheridos en nuestra sociedad. Y en este contexto se enmarca nuestro PIGyTE.
El principio de Igualdad en la Administración General del Estado
El Artículo 17 de la Ley Orgánica 3/2007 para la Igualdad Efectiva entre Mujeres y Hombres (LOIEMH) establece que el Gobierno “aprobará periódicamente un Plan Estratégico de Igualdad de Oportunidades.” El primer Plan Estratégico (2008-2011) se estructuraba en 12 ejes temáticos y recogía 69 objetivos con sus correspondientes medidas y actuaciones. Tenía como PRINCIPIOS INSPIRADORES la Igualdad y la No Discriminación, y como PRINCIPIOS RECTORES, la redefinición del modelo de ciudadanía, el empoderamiento de las mujeres, la transversalidad de género y la innovación científico-tecnológica. El II Plan Estratégico (2014-2016), aún en vigor, redujo sus objetivos a 35 y se centró en 7 ejes principales. También el Artículo 64 de la Ley Orgánica para la Igualdad establece la obligación para la Administración General del Estado de realizar planes de igualdad, atendiendo a la normativa estatal e internacional. En 2011, el Consejo de Ministros aprobó el I Plan de Igualdad en la AGE y en sus Organismos Públicos, fruto del acuerdo entre la Administración y las organizaciones sindicales. Para su evaluación, se contó con el Instituto de la Mujer, las Unidades de Igualdad de los Departamentos Ministeriales y la Comisión Técnica para la Igualdad de la AGE. El II Plan de Igualdad de la AGE tomó como referente el Plan Estratégico de Igualdad de Oportunidades 2014-2016 (en vigor) e incorporó un Programa de Evaluación, con una serie de indicadores vinculados a cada uno de los objetivos. El Plan detalla los objetivos y las actuaciones correspondientes al Eje de Educación (Eje 5):
- Fomentar la realización de acciones de sensibilización y formación en la educación en igualdad, en las familias y en los centros educativos.
- Apoyar a las alumnas en situación de vulnerabilidad por múltiple discriminación.
- Trabajar por la eliminación de estereotipos que puedan afectar a la elección de estudios y profesiones, docencia y dirección de los centros educativos.
Igualdad en el Ministerio de Educación y Formación Profesional
La Ley Orgánica para la Igualdad insta a todas las Administraciones educativas a incluir entre sus fines la educación en el respeto de los derechos y las libertades y entre sus objetivos la adopción de medidas para fomentar la igualdad efectiva entre mujeres y hombres y la erradicación de sexismos, estereotipos y desigualdades (Artículos 23 y 24). Corresponden, por tanto, a las Administraciones educativas las siguientes actuaciones:
Siguiendo las disposiciones organizativas indicadas en el Artículo 77 del Título VIII de la LOIEMH, el MEFP dispone de su propia UNIDAD DE IGUALDAD DE GÉNERO que tiene, entre otras, las siguientes funciones: la coordinación de actuaciones en materia de igualdad; asesoramiento y apoyo a otras Unidades del Ministerio y la cooperación con otras administraciones y entidades o elaboración de estudios e informes de políticas igualitarias. Pero las más destacadas son la creación y actualización del ESPACIO DE IGUALDAD, inaugurado el 8 de marzo de 2017 como herramienta de consulta y sensibilización, un espacio de recopilación de las actuaciones en materia de igualdad disponibles para la comunidad educativa; asimismo, la coordinación del GRUPO DE TRABAJO DE IGUALDAD y la PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA de objetivos y actuaciones en una serie de Planes Operativos, el más reciente el Plan Operativo de 2017, en el que se han especificado los ítems de su Plan de Actuación (2014-2016). Se está a la espera de su evaluación para el diseño del Plan 2018.
- La atención especial en los currículos y en todas las etapas educativas al principio de igualdad entre mujeres y hombres.
- La eliminación y el rechazo de los comportamientos y contenidos sexistas y estereotipos que supongan discriminación entre mujeres y hombres, con especial consideración a los libros de texto y materiales educativos.
- La integración del estudio y la aplicación del principio de igualdad en los cursos y programas para la formación inicial y permanente del rofesorado.
- La promoción de la presencia equilibrada de mujeres y hombres en los órganos de control y gobierno de los centros docentes.
- La cooperación con el resto de Administraciones educativas para el desarrollo de proyectos y programas dirigidos a fomentar el conocimiento y la difusión de los principios de coeducación y de igualdad efectiva.
- El establecimiento de medidas educativas destinadas al reconocimiento y enseñanza del papel de las mujeres en la Historia.
Siguiendo las disposiciones organizativas indicadas en el Artículo 77 del Título VIII de la LOIEMH, el MEFP dispone de su propia UNIDAD DE IGUALDAD DE GÉNERO que tiene, entre otras, las siguientes funciones: la coordinación de actuaciones en materia de igualdad; asesoramiento y apoyo a otras Unidades del Ministerio y la cooperación con otras administraciones y entidades o elaboración de estudios e informes de políticas igualitarias. Pero las más destacadas son la creación y actualización del ESPACIO DE IGUALDAD, inaugurado el 8 de marzo de 2017 como herramienta de consulta y sensibilización, un espacio de recopilación de las actuaciones en materia de igualdad disponibles para la comunidad educativa; asimismo, la coordinación del GRUPO DE TRABAJO DE IGUALDAD y la PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA de objetivos y actuaciones en una serie de Planes Operativos, el más reciente el Plan Operativo de 2017, en el que se han especificado los ítems de su Plan de Actuación (2014-2016). Se está a la espera de su evaluación para el diseño del Plan 2018.
Igualdad en LOE y LOMCE
Tanto en la Ley Orgánica 2/2006 de Educación como en la Ley Orgánica 8/2013 para la Mejora de la Calidad Educativa, nos encontramos numerosas referencias e instrucciones en materia de igualdad y equidad. Ya desde su Preámbulo se afirma que “no es imaginable un sistema educativo de calidad en el que no sea una prioridad eliminar cualquier atisbo de desigualdad”, siendo su principio inspirador “la transmisión y puesta en práctica de valores que favorezcan la libertad personal, la responsabilidad, la ciudadanía democrática, la solidaridad, la tolerancia, la igualdad, el respeto y la justicia, así como que ayuden a superar cualquier tipo de discriminación.” Entre sus Principios y Fines (Artículos 1 y 2) se incide en la igualdad y la equidad en el sistema educativo. Asimismo, los principios de igualdad y no discriminación y el respeto a la diversidad de género y afectivo-sexual son contemplados en los Objetivos de las distintas etapas educativas (Artículos 23, 33, 40). La equidad vertebra todo el Título II dedicado al alumnado con necesidades específicas de aprendizaje y a la compensación de desigualdades. Principios que deben recoger estrictamente el Proyecto Educativo de Centro (Artículo 121) y el Plan de Convivencia (Artículo 124) y de cuyo cumplimiento se encargará de velar y supervisar la Inspección Educativa (Artículo 151).
Según lo establecido en las Leyes Orgánicas de Igualdad (2007) y de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género (2004), el Artículo 102 de LOE-LOMCE destaca la formación inicial y permanente del profesorado en materia de igualdad para que adquieran la sensibilidad y las competencias pertinentes, un objetivo también prioritario en el Pacto de Estado contra la Violencia de Género.
Según lo establecido en las Leyes Orgánicas de Igualdad (2007) y de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género (2004), el Artículo 102 de LOE-LOMCE destaca la formación inicial y permanente del profesorado en materia de igualdad para que adquieran la sensibilidad y las competencias pertinentes, un objetivo también prioritario en el Pacto de Estado contra la Violencia de Género.
Actuaciones de la Dirección Provincial de Educación y FP en Melilla (2018)
El pasado 26 de septiembre se celebró la primera reunión con las personas RESPONSABLES DE IGUALDAD de cada uno de los centros educativos de Melilla, convocada por la Unidad de Programas Educativos de la Dirección Provincial del MEFP, a la que estaban también invitadas las personas representantes de equipos directivos y organizaciones sindicales. En dicha reunión, celebrada en las aulas destinadas a la Formación de la UPE (antiguo CPR), estuvieron presentes el Director Provincial del MEFP, la Jefa de la UPE, la Jefa de la Unidad de Violencia sobre la Mujer de la Delegación del Gobierno, una persona en representación de la Inspección Educativa, dos de las organizaciones sindicales que habían sido invitadas y el profesorado Responsable de Igualdad de los centros melillenses. Se estableció la urgencia de elaborar un perfil profesional para esta figura, dado que no viene regulado en nuestra normativa, y la organización de las JORNADAS “ESCUELAS POR LA IGUALDAD Y SIN VIOLENCIAS MACHISTAS” de carácter formativo e intercambio de experiencias coeducativas. La Responsable de Igualdad del PIGyTE participa como ponente en la sesión dedicada a la legislación internacional, estatal y autonómica en materia de igualdad y no discriminación. Asimismo, desde el PIGyTE se ha propuesto también a la D.P. que se tomen medidas inmediatas para la aplicación del lenguaje inclusivo en los documentos oficiales de los centros y organismos educativos.